PLAN DE CENTRO

PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO

a) Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar y la continuídad del alumnado en el sistema educativo.
b) Líneas generales de actuación metodológica
c) Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento tranversal en las materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial
d) Criterios pedagógicos para la determinación de los órganos de coordinación docente del centro y del horario de dedicación de las personas responsables de los mismos para la realización de sus funciones
e) Procedimientos y criterios de evaluación, promoción y titulación
f) Formas de atención a la biodiversidad
g) La organización de las actividades de recuperación para el alumnado con materias pendientes de evaluación positiva
j) Plan de convivencia
n) Procedimientos de evaluación interna
ñ) Criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

a) Cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa
b) Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado
c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto

d) La organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos de recreo y de los periodos de entrada y salida de clase
e) La forma de colaboración de los tutores y tutoras en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto
g) Procedimiento para la designación de los miembros del equipo de evaluación
i) Normas sobre la utilización en el instituto de teléfonos móviles, aparatos electrónicos y acceso seguro a internet

PROYECTO DE GESTIÓN

a) Criterios para la elaboración del presupuesto anual del instituto y para la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto
b) Criterios para la gestión de las sustituciones de las ausencias del profesorado
c) Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar
d) Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios distintos a los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares

e) Procedimientos para la elaboración del inventario anual general del centro

REFERENCIAS LEGALES:
Art. 12 de la Orden de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos (BOJA 25-5-2006).

Reproducimos las indicaciones que establece la citada orden respecto a los procedimientos para la elaboración del inventario anual del centro:

  1. El Registro de inventario recogerá los movimientos de material inventariable del centro incluyendo tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan. Tendrá carácter de material inventariable, entre otros, el siguiente: mobiliario, equipo de oficina, equipo informático, equipo audiovisual no fungible, copiadoras, material docente no fungible, máquinas y herramientas, material deportivo y, en general, todo aquel que no sea fungible.
  2. El Registro de inventario se confeccionará conforme a los modelos que figuran como Anexos VIII y VIII (bis) de esta Orden para las altas y bajas, respectivamente, que se produzcan durante el curso escolar, teniendo en cuenta lo siguiente:
    1. Número de registro: Numeración correlativa de las adquisiciones de material inventariable.
    2. Fecha de alta: Fecha en la que el material es puesto a disposición del centro.
    3. Fecha de baja: Fecha en la que el material deja de formar parte del inventario del centro.
    4. Número de unidades: Número de unidades que causan alta o baja.
    5. Descripción del material: Se indicará el tipo de material adquirido, así como sus características técnicas.
    6. Dependencia de adscripción: Departamentos o unidades organizativas a las que se adscribe el material de que se trate.
    7. Localización: Lugar o dependencia física donde se encuentra ubicado el material de que se trate.
    8. Procedencia de la entrada: Actuación económica o administrativa, origen de la incorporación al centro del material de que se trate.
    9. Motivo de la baja: Causa que provoca la baja del material afectado.
  3. Independientemente del Registro de inventario, podrán existir inventarios auxiliares por servicios, departamentos, talleres y otras unidades, cuando el volumen y diversidad de materiales existentes en dicha unidad así lo aconsejen.

Por sus especiales características, existirá también un libro Registro de inventario de biblioteca, conforme al modelo que figura como Anexo IX de esta Orden, que recoja los libros que pasen a formar parte de la biblioteca del centro, cualquiera que sea su procedencia.

El secretario/a será el encargado de coordinar la realización del inventario general del instituto y mantenerlo actualizado. En este sentido, hacemos las siguientes especificaciones respecto al mobiliario, que es inventariado desde la Secretaría del centro pero cada jefe de departamento comprobará que el mobiliario asignado es el que tiene y comunicará cualquier avería o rotura de forma que pueda repararse o darse de baja cuando proceda.

Adquisición de material inventariable.

Para la adquisición de material inventariable por parte de los departamentos los pasos a seguir serán los siguientes:

  1. Los jefes de departamento solicitarán presupuestos diferentes donde se especifiquen los artículos a adquirir, el importe de cada uno, cantidad total e I.V.A. Estos presupuestos llevarán también el nombre de la empresa suministradora y su C.I.F/N.I.F., fecha, firma y sello de la misma, figurando en ellos el nombre del instituto.
  2. Toda esta documentación será presentada al Secretario/a.
  3. Una vez revisado y comprobada la existencia de saldo en el presupuesto de ingresos para material inventariable o inversiones en el caso de producirse cualquier instalación, se autorizará la adquisición, comunicando al Jefe de Departamento, quién podrá realizar la adquisición o encargar al secretario su adquisición.
  4. En el caso de reparaciones del material inventariable del departamento, se comunicará al secretario y se presentarán los presupuestos de las reparaciones para su autorización.
  5. Por sus especiales características, existirá también un sistema de registro de inventario de biblioteca, que recoja los libros que pasen a formar parte de la biblioteca del centro, cualquiera que sea su procedencia. En nuestro centro, utilizamos el programa informático “abbies” en lugar del documento que recoge el anexo IX de la orden de 10 de mayo de 2006.
Procedimientos, responsables y plazos.

Es responsabilidad de cada jefe/a de departamento mantener al día el inventario de su departamento.

En el caso de la biblioteca, lo es el/la profesor/a responsable de biblioteca.

El/la Secretario/a para los equipos y materiales de uso general del Centro.

En la última sesión del ETCP, a celebrar en junio, cada jefe/a de departamento deberá entregar los anexos indicados más arriba, debidamente firmados, con las altas y bajas en el inventario de su departamento en el curso que finaliza, incluso si no hay novedades, poniéndolo en conocimiento mediante esa afirmación.

El/la Secretario/a del Centro los recopilará junto con el resto de altas y bajas del inventario general del Centro, para su aprobación junto con los demás registros contables en Consejo Escolar, antes de día 30 de octubre.

f) Criterios para una gestión sostenible de los recursos del instituto y de los residuos que se generen
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